Acerca de
El régimen de subdelegaciones hace su aparición por primera vez en las posesiones trasatlánticas de la monarquía católica a partir de la promulgación de las Ordenanzas de Intendentes - artículo 9 de la del Río de la Plata de 1782, artículo 11 de la de la Nueva España de 1786 y artículo 41 de la Ordenanza General de 1803.
A pesar de la enorme trascendencia del régimen de intendencias del que surgió el sistema de subdelegaciones en que se habría de sustentar la nueva traza geopolítica de la América hispana y las Filipinas, y no obstante el relevante papel que el binomio párroco-subdelegado representó, hasta el momento su estudio ha sido ignorado casi por completo por la historiografía especializada.
En este sentido, es importante tener presente que aunque el tema mismo de las intendencias ha sido abordado de manera destacada por autores tan reconocidos como Luis Navarro, Horst Pietschmann y David Brading – sólo por mencionar a los más citados -, ha llegado el momento de complementar y enriquecerlo con el de los subdelegados y subdelegaciones.
Una de las ventajas indudables que ofrece este nuevo acercamiento radica en que se trata de pequeños escenarios – las subdelegaciones – de una enorme complejidad y riqueza desde todos los puntos de vista que se les contemple, en donde conviven las comunidades indígenas con diversos grupos de criollos, mestizos, mulatos, españoles y africanos, según el caso.
Al afocar la mirada histórica en estas jurisdicciones compuestas y complejas, es posible descubrir, conocer y aprehender fenómenos sociales, procesos políticos, realidades económicas y culturales, y singularidades históricas que de otra manera pasarían totalmente desapercibidas.
No resulta exagerado señalar que la historiografía ha insistido, de manera casi obsesiva desde el momento mismo del rompimiento con España, en el tema de las guerras de independencia, de las Cortes de Cádiz; el del papel desempeñado por los ayuntamientos constitucionales, las diputaciones provinciales y las juntas patrióticas – máxime ahora que se conmemoran con bombo y platillo los bicentenarios patrios en hispanoamérica.
Estamos convencidos de que ha llegado el momento de prestar mayor atención a otros asuntos directa y estrechamente vinculados con los anteriores, como el de las Ordenanzas de Intendentes y el régimen de subdelegaciones, lo que entre otras ventajas indudables representa descubrir e identificar nuevos escenarios y actores protagónicos – tanto individuales como colectivos –; acervos y fuentes documentales; así como procesos y fenómenos históricos, políticos, jurídicos, económicos, sociales y culturales, inéditos o poco y mal conocidos, y que tanta luz aportan para lograr una primera lectura o relectura más apegada a la realidad, y menos apasionada y politizada de las historias patrias y regionales y, a través de las mismas, un mejor conocimiento de dichas sociedades, de sus profundos problemas endémicos y dilemas, y del gran potencial histórico y humano de la región.
Objetivos
* Estimular los estudios históricos desde la perspectiva de las subdelegaciones
* Poner en contacto a los estudiosos sobre el tema tanto en América como en Europa
* Divulgar los trabajos sobre el tema
* Organizar encuentros académicos internacionales de manera periódica
* Participar como red en congresos de americanistas y afines.
* Mantener activo y actualizado el portal RERSAB que opera tanto como punto de encuentro de los miembros de la red, como de plataforma para dar a conocer y difundir sus actividades y trabajos,
* Participar en convocatorias de prestigio, ncionales e internacionales, de proyectos académicos.
Metas
* Llamar la atención y demostrar la relevancia de atender el fenómeno subdelegacional como medio de descubrir, identificar y conocer procesos territoriales, regionales, políticos, jurídicos, económicos, sociales y culturales de una etapa histórica relevante, que pasarían total o parcialmente desapercibidos si no se les aborda desde la perspectiva subdelegacional.
* Construir paulatinamente el aparato teórico-metodológico adecuado y necesario para facilitar el estudio del régimen subdelegacional.
* Identificar las fuentes documentales y bibliográficas, cartográficas y estadísticas básicas, relativas al fenómeno subdelegacional.
* Reconstruir, desde la perspectiva institucional, todo el orden normativo tan rico, abundante y complejo, sobre el que se edificó y operó el régimen subdelegacional.
* Revisar y replantear las opiniones, conclusiones y aseveraciones que en torno a subdelegados y subdelegaciones sostiene la historiografía que se ha ocupado del tema del régimen de intendencias.
* Enfatizar el hecho de que los subdelegados vinieron a desempeñar un papel protagónico, en sus distintas comunidades y territorios - para bien y para mal - en el tránsito de las instituciones políticas y jurídicas de los Austria a los Borbón y, en un segundo momento, en el del constitucionalismo gaditano al constitucionalismo nacional hispanoamericano.